Actualización: Normativa EN ISO 20345:2022 (calzado de seguridad)

A mediados del año 2022, se llevaron a cabo modificaciones en la normativa UNE-EN ISO 20345, que rige el calzado de seguridad, y estas enmiendas entrarán en vigor a partir de abril de 2023.

La actual norma UNE-EN ISO 20345:2011 será reemplazada por la nueva versión, UNE-EN ISO 20345:2022, que ha sido oficialmente aprobada en el BOE y que introduce cambios sustanciales en los requisitos para el calzado de seguridad.

A continuación te contamos en detalle las modificaciones que se han realizado en la normativa UNE-EN ISO 20345.

Novedades normativa UNE-EN ISO 20345

Requisitos básicos

La normativa UNE-EN ISO 20345 establece los requisitos fundamentales para el calzado de seguridad, con el objetivo de garantizar la protección de los trabajadores y la seguridad en el entorno laboral. Esta normativa define criterios relacionados con el diseño, la resistencia, la flexibilidad, la impermeabilidad, la capacidad antideslizante, el grosor, así como otros aspectos vinculados a los materiales y la ergonomía. Asimismo, se exige que el calzado cuente con una puntera de seguridad que proteja los dedos de impactos de al menos 200 julios, equivalente a la caída de un objeto de 20 kg desde una altura de 1 metro, y una resistencia a la compresión de 15 kilonewtons (equivalentes a 1,5 toneladas).

Adicionalmente, la nueva normativa introduce un nuevo requisito esencial relacionado con la resistencia al deslizamiento.

A partir de ahora, el calzado de seguridad debe someterse de manera obligatoria a la prueba de deslizamiento sobre baldosas con detergente (anteriormente conocida como SRA). Dado que esta prueba es de cumplimiento necesario para obtener la certificación UNE-EN ISO 20345:2022, se ha eliminado la antigua denominación SRA y ya no se utiliza en el marcado.

Requisitos adicionales

La nueva normativa también aplica cambios en los ensayos adicionales que se realizaban en el calzado de seguridad. A continuación, explicamos los cambios más significativos:

Resistencia al deslizamiento

Se ha revisado el procedimiento de prueba utilizado para evaluar la resistencia al deslizamiento y su correspondiente etiquetado.

En primer lugar, se han eliminadolos marcados previos SRA, SRB y SRC, y se ha implementado una nueva prueba de evaluación. Además de la obligatoria certificación de resistencia al deslizamiento en baldosas con detergente, se ha introducido una opción adicional de prueba, que se marcará como SR si el calzado supera con éxito la evaluación de resistencia al deslizamiento en baldosas cerámicas con glicerina.

Para calzado especial que incluye clavos, tacos metálicos, o está diseñado para su uso en superficies como arena, barro y otros suelos blandos, o en situaciones donde no sea factible realizar la prueba de resistencia al deslizamiento, se utilizará el marcado Ø.

En resumen, los cambios en el ensayo de la resistencia al deslizamiento vienen reflejados en la siguiente tabla:

DESLIZAMIENTO MARCADO OBLIGATORIEDAD
Baldosa detergente Sin marcado Obligatorio
Baldosa glicerina SR Opcional
Calzado especial Ø

Resistencia a la perforación

La nueva regulación introduce diversas distinciones en función del material de la plantilla y del diámetro del punzón utilizado en la prueba, lo que se reflejará en el marcado correspondiente.

En contraste, la normativa anterior no hacía distinción en cuanto al material de la plantilla antiperforación, que podía ser metálico o no metálico. En este contexto, la nueva normativa sí diferencia el tipo de material utilizado en la plantilla. Además, en la regulación anterior, la prueba se realizaba únicamente con un punzón de 4,5 mm de diámetro. En la normativa actual, se introduce la prueba con un punzón de 3 mm de diámetro para las plantillas no metálicas, lo que contribuye a una mayor protección.

PLANTILLAS NO METÁLICAS.
Se distinguen dos divisiones:

  • Prueba con un punzón de 4,5 mm de diámetro. Recibirá el marcado PL.
  • Prueba con un punzón de 3 mm de diámetro. Recibirá el marcado PS.

Un punzón con un menor diámetro supone una mayor presión, por lo que las plantillas tipo PS ofrecen una mayor protección contra la perforación que las PL.

PLANTILLAS METÁLICAS
El ensayo sería el mismo que en la anterior normativa. El punzón que se usa es de 4,5 mm de diámetro y al superar el procedimiento se marcará con una P.

Resistencia al agua

Existen dos pruebas adicionales para medir la resistencia al agua del calzado. No obstante, estos dos ensayos han sufrido cambios en sus requisitos:

  • Si el corte del calzado de clase I es resistente a la penetración y absorción de agua (no es impermeable) se designaba como WRU. Este marcado se elimina, y ahora pasa a denominarse WPA.
  • Si la membrana impermeable del calzado completo es resistente al agua, el marcado sigue siendo WR. Ahora bien, se han añadido dos clases de protección específicas que incluyen esta característica obligatoria de impermeabilidad: S6 y S7.

Resistencia a los hidrocarburos

El ensayo relativo a la resistencia de la suela al contacto por hidrocarburos (aceites, gasolina, etc.) era obligatorio en los niveles de protección S1 a S5. Con la nueva normativa, el marcado F0 pasa a ser una prueba opcional.

Clases de calzado

Anteriormente, el calzado de seguridad se clasificaba en clase I y clase II según el material de fabricación. La nueva normativa añade una tercera clase de calzado: híbrido.

Calzado de seguridad clase I

Los niveles de protección han experimentado una reconfiguración con la introducción de la nueva normativa. Anteriormente, se clasificaban como SB, S1, S2, S3, S4 y S5, pero con las actualizaciones normativas se incorporaron dos nuevas categorías: S6 y S7. Estas últimas presentan distintas subcategorías según el tipo de plantilla antiperforación utilizada, y todas se ubican dentro de la clase I de calzado de seguridad.

Por otra parte, los zapatos que incluyan plantillas antiperforación no metálicas se dividen en dos categorías con las designaciones “L” o “S”, dependiendo del tipo de plantilla que se emplee. Este cambio se aplica a los calzados S3, S5 y S7.

Además, la categoría de protección S1 puede incluir una plantilla antiperforación; en tal caso, se etiqueta como “S1P”. En la nueva normativa, las plantillas metálicas continúan siendo designadas como “S1P”, mientras que las no metálicas se distinguen como “S1PL” o “S1PS”, dependiendo del resultado de las pruebas a las que se sometan.

 

Niveles de protección

Así quedarían las nomenclaturas con la nueva normativa:

Caducidad del calzado con la norma 20345:2011

La norma 20345:2011 tendrá presunción de conformidad con los requisitos del Reglamento UE 2016/425 hasta el 11/11/24. El calzado conforme a la EN ISO 20345:2011 que se haya puesto en el mercado antes del 11/11/24, y que esté en los almacenes de los fabricantes o distribuidores, se podrá introducir en el mercado conforme a esa normativa y podrá seguir comercializándose.

Resumen de cambios

Published On: 19/10/2023|Categorías: Normativas, Productos|Etiquetas: |

Actualización: Normativa EN ISO 20345:2022 (calzado de seguridad)

A mediados del año 2022, se llevaron a cabo modificaciones en la normativa UNE-EN ISO 20345, que rige el calzado de seguridad, y estas enmiendas entrarán en vigor a partir de abril de 2023.

La actual norma UNE-EN ISO 20345:2011 será reemplazada por la nueva versión, UNE-EN ISO 20345:2022, que ha sido oficialmente aprobada en el BOE y que introduce cambios sustanciales en los requisitos para el calzado de seguridad.

A continuación te contamos en detalle las modificaciones que se han realizado en la normativa UNE-EN ISO 20345.

Novedades normativa UNE-EN ISO 20345

Requisitos básicos

La normativa UNE-EN ISO 20345 establece los requisitos fundamentales para el calzado de seguridad, con el objetivo de garantizar la protección de los trabajadores y la seguridad en el entorno laboral. Esta normativa define criterios relacionados con el diseño, la resistencia, la flexibilidad, la impermeabilidad, la capacidad antideslizante, el grosor, así como otros aspectos vinculados a los materiales y la ergonomía. Asimismo, se exige que el calzado cuente con una puntera de seguridad que proteja los dedos de impactos de al menos 200 julios, equivalente a la caída de un objeto de 20 kg desde una altura de 1 metro, y una resistencia a la compresión de 15 kilonewtons (equivalentes a 1,5 toneladas).

Adicionalmente, la nueva normativa introduce un nuevo requisito esencial relacionado con la resistencia al deslizamiento.

A partir de ahora, el calzado de seguridad debe someterse de manera obligatoria a la prueba de deslizamiento sobre baldosas con detergente (anteriormente conocida como SRA). Dado que esta prueba es de cumplimiento necesario para obtener la certificación UNE-EN ISO 20345:2022, se ha eliminado la antigua denominación SRA y ya no se utiliza en el marcado.

Requisitos adicionales

La nueva normativa también aplica cambios en los ensayos adicionales que se realizaban en el calzado de seguridad. A continuación, explicamos los cambios más significativos:

Resistencia al deslizamiento

Se ha revisado el procedimiento de prueba utilizado para evaluar la resistencia al deslizamiento y su correspondiente etiquetado.

En primer lugar, se han eliminadolos marcados previos SRA, SRB y SRC, y se ha implementado una nueva prueba de evaluación. Además de la obligatoria certificación de resistencia al deslizamiento en baldosas con detergente, se ha introducido una opción adicional de prueba, que se marcará como SR si el calzado supera con éxito la evaluación de resistencia al deslizamiento en baldosas cerámicas con glicerina.

Para calzado especial que incluye clavos, tacos metálicos, o está diseñado para su uso en superficies como arena, barro y otros suelos blandos, o en situaciones donde no sea factible realizar la prueba de resistencia al deslizamiento, se utilizará el marcado Ø.

En resumen, los cambios en el ensayo de la resistencia al deslizamiento vienen reflejados en la siguiente tabla:

DESLIZAMIENTO MARCADO OBLIGATORIEDAD
Baldosa detergente Sin marcado Obligatorio
Baldosa glicerina SR Opcional
Calzado especial Ø

Resistencia a la perforación

La nueva regulación introduce diversas distinciones en función del material de la plantilla y del diámetro del punzón utilizado en la prueba, lo que se reflejará en el marcado correspondiente.

En contraste, la normativa anterior no hacía distinción en cuanto al material de la plantilla antiperforación, que podía ser metálico o no metálico. En este contexto, la nueva normativa sí diferencia el tipo de material utilizado en la plantilla. Además, en la regulación anterior, la prueba se realizaba únicamente con un punzón de 4,5 mm de diámetro. En la normativa actual, se introduce la prueba con un punzón de 3 mm de diámetro para las plantillas no metálicas, lo que contribuye a una mayor protección.

PLANTILLAS NO METÁLICAS.
Se distinguen dos divisiones:

  • Prueba con un punzón de 4,5 mm de diámetro. Recibirá el marcado PL.
  • Prueba con un punzón de 3 mm de diámetro. Recibirá el marcado PS.

Un punzón con un menor diámetro supone una mayor presión, por lo que las plantillas tipo PS ofrecen una mayor protección contra la perforación que las PL.

PLANTILLAS METÁLICAS
El ensayo sería el mismo que en la anterior normativa. El punzón que se usa es de 4,5 mm de diámetro y al superar el procedimiento se marcará con una P.

Resistencia al agua

Existen dos pruebas adicionales para medir la resistencia al agua del calzado. No obstante, estos dos ensayos han sufrido cambios en sus requisitos:

  • Si el corte del calzado de clase I es resistente a la penetración y absorción de agua (no es impermeable) se designaba como WRU. Este marcado se elimina, y ahora pasa a denominarse WPA.
  • Si la membrana impermeable del calzado completo es resistente al agua, el marcado sigue siendo WR. Ahora bien, se han añadido dos clases de protección específicas que incluyen esta característica obligatoria de impermeabilidad: S6 y S7.

Resistencia a los hidrocarburos

El ensayo relativo a la resistencia de la suela al contacto por hidrocarburos (aceites, gasolina, etc.) era obligatorio en los niveles de protección S1 a S5. Con la nueva normativa, el marcado F0 pasa a ser una prueba opcional.

Clases de calzado

Anteriormente, el calzado de seguridad se clasificaba en clase I y clase II según el material de fabricación. La nueva normativa añade una tercera clase de calzado: híbrido.

Calzado de seguridad clase I

Los niveles de protección han experimentado una reconfiguración con la introducción de la nueva normativa. Anteriormente, se clasificaban como SB, S1, S2, S3, S4 y S5, pero con las actualizaciones normativas se incorporaron dos nuevas categorías: S6 y S7. Estas últimas presentan distintas subcategorías según el tipo de plantilla antiperforación utilizada, y todas se ubican dentro de la clase I de calzado de seguridad.

Por otra parte, los zapatos que incluyan plantillas antiperforación no metálicas se dividen en dos categorías con las designaciones “L” o “S”, dependiendo del tipo de plantilla que se emplee. Este cambio se aplica a los calzados S3, S5 y S7.

Además, la categoría de protección S1 puede incluir una plantilla antiperforación; en tal caso, se etiqueta como “S1P”. En la nueva normativa, las plantillas metálicas continúan siendo designadas como “S1P”, mientras que las no metálicas se distinguen como “S1PL” o “S1PS”, dependiendo del resultado de las pruebas a las que se sometan.

 

Niveles de protección

Así quedarían las nomenclaturas con la nueva normativa:

Caducidad del calzado con la norma 20345:2011

La norma 20345:2011 tendrá presunción de conformidad con los requisitos del Reglamento UE 2016/425 hasta el 11/11/24. El calzado conforme a la EN ISO 20345:2011 que se haya puesto en el mercado antes del 11/11/24, y que esté en los almacenes de los fabricantes o distribuidores, se podrá introducir en el mercado conforme a esa normativa y podrá seguir comercializándose.

Resumen de cambios

Published On: 19/10/2023|Categorías: Normativas, Productos|Etiquetas: |